La gran Revolución francesa comenzó con la triunfal proclamación de la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano; pero ese derecho, –proclamado para toda la humanidad– no era realmente sino sólo un derecho de clase para aquello que era el ciudadano como código de la burguesía (a saber, el Código Civil). Ese Código de Napoleón, formulación en abreviatura de la naturaleza, real e histórica, de la gran Revolución francesa, revolución burguesa como tal.
Proclamado derecho natural como el del ciudadano –el propietario–, como derecho innato estrictamente”.
“La burguesía se representa la revolución burguesa, más o menos, como ‘un señor de traje oscuro’ que, bajo el nombre de ‘revolución’, realiza un ‘milagro’ al poner en práctica los principios del derecho natural y al derribar, al mismo tiempo, a los odiados señores feudales, instaurando así la libertad y la garantía de la libertad de la propiedad privada. Si además se producen algunas tensiones, es decir, los calificados como “males de la revolución”, “el terror” y las ejecuciones –unas que ni siquiera se detienen ante la sagrada persona del rey–, constituyen casos desgraciados que habrá que olvidar a toda prisa o, incluso, negarlos, borrarlos del todo de los libros de historia–
P. I. Stucka
La función revolucionaria del Derecho y el Estado