Código
La gran Revolución francesa comenzó con la triunfal proclamación de la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano; pero ese derecho, –proclamado para toda la humanidad– no era realmente sino sólo un derecho de clase para aquello que era el ciudadano como código de la burguesía (a saber, el Código Civil). Ese Código de Napoleón, formulación en abreviatura de la naturaleza, real e histórica, de la gran Revolución francesa, revolución burguesa como tal. Proclamado derecho natural como el del ciudadano –el propietario–, como derecho innato estrictamente”. “La burguesía se representa la revolución burguesa, más o menos, como ‘un señor de traje oscuro’ que, bajo el nombre de ‘revolución’, realiza un ‘milagro’ al poner en práctica los principios del derecho natural y al derribar, al mismo tiempo, a los odiados señores feudales, instaurando así la libertad y la garantía de la libertad de la propiedad privada. Si además se producen algunas tensiones, es decir, los calificados como “males de la revolución”, “el terror” y las ejecuciones –unas que ni siquiera se detienen ante la sagrada persona del rey–, constituyen casos desgraciados que habrá que olvidar a toda prisa o, incluso, negarlos, borrarlos del todo de los libros de historia–
La función revolucionaria del Derecho y el Estado
Frente a la extrañeza del proyecto –como de otros proyectos semejantes pertenecientes a la Ville naissante, como la “Casa de la Educación” o la “Casa de Juegos” (“he aquí lo que puede un Arquitecto cuando saca partido a las pasiones”; “la pureza es la base de su Código”)–, Ledoux va a hacer explícito, patente, el proyecto político implicado. Pues, “¿por qué no progresan las ideas? Porque la timidez las encadena […]. Pero aquellos que sueñan con el bien y duermen en estado de vigilia, entregados en todo a la mejora del pacto social, frente a un aceptar lo legislado siguen, antes bien, una política. […] Eso a lo que un gobierno no se atreve, he aquí que lo afronta el Arquitecto
L’Architecture considerée sous le rapport de l’art, des moeurs et de la législation (sobre la “Casa de Juegos” y la Oikema)
Desde cientos de años antes de la gran revolución francesa se había ido elaborando, bajo la denominación de ‘derecho natural’, la consciencia jurídica de la burguesía en ascenso, una que finalmente, con la Declaración de los derechos del hombre y, posteriormente, el Código civil, se convirtió en derecho positivo
La función revolucionaria del Derecho y el Estado
El Código civil no ha creado la sociedad burguesa contemporánea. La sociedad burguesa, al contrario, encuentra expresión jurídica en ese código. Tan pronto como deje de corresponder a las relaciones sociales imperantes, se transformará, pura y simplemente, en un mero pedazo de papel
La función revolucionaria del Derecho y el Estado
En octubre de 1918, apenas un año después de la llegada de los bolcheviques al poder, el Comité Ejecutivo Central del Soviet, máximo órgano legislativo, ratificó un completo Código sobre Matrimonio, Tutela y Familia. El Código reflejaba legalmente una visión revolucionaria de las relaciones sociales basadas en la igualdad de las mujeres y la ‘evaporación’ de la familia. Según Alexander Goikhbarg, joven […] autor del nuevo Código de Familia, éste preparaba el camino para un tiempo en que ‘los grilletes de marido y mujer’ iban a quedarse ‘obsoletos’. En consecuencia, el Código se redactó con su propia obsolescencia en mente. Goikhbarg escribió: ‘El poder proletario construye sus códigos y sus leyes dialécticamente, con lo que cada día de existencia va minando su necesidad’. En resumen, el objetivo del derecho era ‘hacer que la ley fuera superflua’
Women, the State and Revolution: Soviet Family Policy and Social Life, 1917-1936
No hemos sido nosotros los primeros en pasar a quemar las viejas leyes. También la gran revolución francesa, y hasta la expresión ‘quemar las leyes’ pertenece a Voltaire. La revolución francesa sustituyó las malas leyes por las leyes ‘mejores’ del nuevo gobierno, procediendo después a instituir lo que era su ‘Nuevo Testamento’, el del Código de Napoleón. Así quedaron declaradas nulas “todas las leyes, ordenanzas, costumbres e interpretaciones” propias de los regímenes anteriores, y se añadió el explícito mandato de “decidir todas las causas con arreglo a este Código”. ¿No era esto una modificación del primer mandamiento de Moisés: “No tendrás otro Dios que yo”?
La función revolucionaria del Derecho y el Estado
Como tal, el Ejército Rebelde –manteniendo una estrecha relación con los miembros del campesinado– promulgó su código penal e igualmente su código civil. Y así administró justicia y pasó a controlar los suministros y a recaudar impuestos en sus zonas
�??Notas para el estudio de la ideología de la revolución cubana�?�, octubre de 1960