Sólo consideramos esencial y efectivamente derecho el llamado derecho civil o económico. Tras la primacía de dicho derecho, en el derecho constitucional se incluye el ordenamiento del Estado, es decir, el derecho público correspondiente a la economía. Viene a continuación el derecho penal, instrumento auxiliar para la conservación del orden político y social establecido, y las instituciones y las normas que con él están relacionadas
P. I. Stucka
La función revolucionaria del Derecho y el Estado