En octubre de 1918, apenas un año después de la llegada de los bolcheviques al poder, el Comité Ejecutivo Central del Soviet, máximo órgano legislativo, ratificó un completo Código sobre Matrimonio, Tutela y Familia. El Código reflejaba legalmente una visión revolucionaria de las relaciones sociales basadas en la igualdad de las mujeres y la ‘evaporación’ de la familia. Según Alexander Goikhbarg, joven […] autor del nuevo Código de Familia, éste preparaba el camino para un tiempo en que ‘los grilletes de marido y mujer’ iban a quedarse ‘obsoletos’. En consecuencia, el Código se redactó con su propia obsolescencia en mente. Goikhbarg escribió: ‘El poder proletario construye sus códigos y sus leyes dialécticamente, con lo que cada día de existencia va minando su necesidad’. En resumen, el objetivo del derecho era ‘hacer que la ley fuera superflua’
W. Z. Goldman
Women, the State and Revolution: Soviet Family Policy and Social Life, 1917-1936
Tal como no es posible construir una casa nueva en un solar en el que se hallan unas ruinas inutilizables hasta que los escombros hayan sido convertidos en cal y hayan sido apartados del lugar, en vano se intentará construir una nueva teoría sin haber destruido antes la vieja, porque entonces dicha teoría como tal será una construcción hecha en paralelo a la anterior, o quizá será una construcción meramente superflua, o se habrá reducido a presentar una fachada nueva para un edificio arruinado
P. I. Stucka
La función revolucionaria del Derecho y el Estado